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El Tribunal Supremo pone fin de al contencioso entre Altadis y Conway

18 marzo 2009

 

El Tribunal Supremo ha resuelto el conflicto existente entre McLane (actual Conway, filial de Lekkerland) y Tabacalera (actual Altadis, filial de Imperial Tobacco Group en España) a través de tres recientes sentencias.

En dos de ellas, el Tribunal Supremo estima sendos recursos de Altadis al considerar que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) debía haber resuelto la solicitud presentada por Altadis para que declarara que la compañía tabaquera había perdido la posición de dominio con efectos del 1 de enero de 2003, y sobre la que la CNC se había declarado incompetente. Esta solicitud se fundamentaba en una certificación del Comisionado del Mercado de Tabaco que pone de manifiesto que Altadis no tenía posición dominante en esa fecha. La CNC debería ahora pronunciarse sobre ello.

Altadis valora muy positivamente la estimación de sus recursos por el Tribunal Supremo y confía en que la CNC constatará que el mercado de tabaco ha cambiado sustancialmente desde 1996, cuando se iniciaron los hechos litigiosos, ya que los mercados de fabricación y distribución mayorista están completamente liberalizados.

En la otra sentencia, el Tribunal Supremo confirma la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia dictada en 2002, que declaró que Tabacalera había abusado de su posición de dominio al no aceptar a McLane como nuevo distribuidor de sus marcas y le impuso una multa de 3 millones de euros, que ya fue pagada.

De esta forma, el Tribunal Supremo resuelve un conflicto que se remonta al año 1996 por el que McLane exigía a la entonces Tabacalera que le suministrara su mercancía, independientemente de que sus capacidades de logística fueran o no las adecuadas.

Cabe destacar que, desde entonces, McLane todavía no ha conseguido ningún contrato de distribución con una gran compañía fabricante de productos derivados de tabaco, lo que prueba, tal y como Altadis ha venido sosteniendo, que McLane ha intentado conseguir judicialmente lo que era incapaz de lograr en el mercado.

En este sentido, cabe recordar que el año 2007, en el contexto de la adquisición de Altadis por parte de Imperial Tobacco Group, la Comisión Europea analizó el mercado de distribución mayorista de productos derivados del tabaco en España, Portugal, Francia e Italia. En dicho análisis, la Comisión Europea estableció que "es probable que la entidad fusionada (Imperial Tobacco-Altadis) no tenga capacidad para restringir el acceso de los competidores a los consumidores finales, ya que estos competidores estarían en posición de encontrar canales de distribución alternativos".

Asimismo, la Comisión Europea indicó que los fabricantes tienen sus propios distribuidores en otros países, por lo que también disponen del "know how" logístico "para que esos fabricantes ayuden a alternativas emergentes".

Finalmente, y entre las opiniones de otras compañías distribuidoras, la Comisión Europea recabó la de Conway, que declaró que no existían barreras de entrada y que creía disponer de "todo el ‘know how’, infraestructura y alcance nacional para comenzar a distribuir cigarrillos a mayor escala y estimaba que necesitaría entre 4 y 6 meses para ampliar sus instalaciones y hacer frente a la distribución de una de las grandes compañías tabaqueras".

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