La Audiencia Nacional suspende parcialmente la resolución del Tribunal de la Competencia contra Altadis
Jueves, 18 Julio 2002
Madrid - París
La sección sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado un auto por el que suspende la imposición de sanciones a Altadis por días de retraso de cumplimiento de su obligación de suministro a McLane. La Audiencia decide mantener la parte de la resolución del Tribunal de la Competencia por la que se obliga a Altadis a contratar la distribución de sus productos con esta empresa «en condiciones no discriminatorias».
El auto subraya que «el suministro debe contratarse y organizarse en unas condiciones a acordar entre los interesados» y que, dado que no existe un plazo concreto para alcanzar este acuerdo, «es improcedente el señalamiento de una multa por día de retraso».
Altadis, sin perjuicio de las acciones que le permite el Ordenamiento Jurídico, quiere reiterar su compromiso de cumplir tanto ésta como cualquier otra decisión judicial.