Altadis acuerda con los sindicatos la solución al conflicto sobre el tabaco de regalía y fuma
Miércoles, 30 Marzo 2016
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La Compañía fija el 30 de abril como plazo límite para acordar la ampliación del ERE 2009 en el marco de la cláusula de garantía
La Dirección de la Empresa y los representantes de los trabajadores han alcanzado un acuerdo para resolver definitivamente la situación generada en 2006 sobre el tabaco de regalía y fuma que la Compañía entregaba a sus trabajadores y hubo de suprimir tras la prohibición por la Ley de Medidas Sanitarias Contra el Tabaco de la entrega física de este producto. Desde entonces, la Compañía venía compensando económicamente a los trabajadores en un importe con el que los sindicatos estaban en desacuerdo, por lo que se había entrado en un proceso judicial al que ahora se pone punto final.
Así, el acuerdo rubricado permite dar solución a un conflicto que se había prolongado en el tiempo. Este acuerdo contempla los siguientes aspectos:
1.- El importe que recibían los trabajadores actualmente en activo por dicho concepto en aplicación del Convenio Colectivo, quedará consolidado como un complemento de carácter personal e individual. Dicho complemento, que se fija en un importe anual de 2.000 € para 2016, será distribuido en doce mensualidades y quedará sujeto a los incrementos salariales de Convenio a partir de 2017. El abono de esta cantidad finalizará con la extinción de la relación laboral.
2.- Además del anterior complemento personal, el personal en activo percibirá, en concepto de venta de los derechos futuros sobre el tabaco y en una única paga no consolidable, un importe bruto determinado, según su año de nacimiento. Adicionalmente, los trabajadores con una antigüedad superior a diez años a la firma del acuerdo percibirán también un porcentaje de incremento sobre el importe bruto anterior.
3.- En el supuesto de que se produjera un acuerdo en el ámbito de la negociación abierta para la ampliación del ERE 2009 a la fábrica de Logroño, y a las áreas de Finanzas y Ventas, el complemento referido en el primer punto formará parte de los conceptos a integrar en el cálculo de la baja indemnizada que permite enlazar con la jubilación (prejubilación) establecido en el ERE 2009. Este complemento también se incorporará para el cálculo de la baja incentivada que contempla el referido expediente.
4.- La Empresa y la representación sindical asumen el compromiso de desistir y apartarse de la vía judicial en lo que concierna a la temática objeto de este acuerdo
Altadis se felicita por el acuerdo alcanzado, producto de la cesión por ambas partes en la búsqueda de un objetivo común, favorable para todos. Este acuerdo pone de manifiesto la positiva voluntad negociadora de la Empresa y los sindicatos, y refleja también las posibilidades de entendimiento existentes para resolver conjuntamente el plan de reestructuración actualmente en proceso de negociación.
En el marco de las condiciones del Expediente de Regulación de Empleo del año 2009, acordado con los representantes de los trabajadores y aprobado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Altadis confía alcanzar en un plazo razonable el mejor acuerdo posible para todos. Así, en la última reunión con los sindicatos fijó el día 30 de abril como fecha límite, estando aún a la espera de que la representación laboral presente su plataforma de negociación, tal y como se había comprometido el pasado 10 de marzo.